AFIP: sin embargos y prórroga a planes hasta marzo de 2020

El organismo fiscal busca darle a los contribuyentes herramientas de financiamiento hasta que salgan las nuevas facilidades de pago.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) va a tomarse un tiempo para definir los detalles de la nueva moratoria fiscal aprobada por el Congreso en el paquete de ley de emergencia. Por eso decidió prorrogar hasta el 31 de marzo el plazo para que los contribuyentes puedan incorporarse al régimen permanente de facilidades de pago establecido por el extitular de la AFIP, Leandro Cuccioli. Junto con ello, también aplazó hasta la misma fecha el inicio de nuevos embargos contra contribuyentes en mora con el fisco, que no tienen planes, y que ya fueron intimados al pago.


Ambas medidas se tomaron mediante resoluciones de la AFIP que se publican hoy en el Boletín Oficial. Todo indica que la nueva titular del organismo va a tomarse algunos días mas para lanzar la moratoria y ello explica la decisión transitoria.


Ayer hubiera sido el último día que tendrían las empresas para pedir un plan de facilidades simple. De lo contrario entrarían en una mora y no podrían entrar a la moratoria porque se contemplan sólo deudas hasta el 30 de noviembre. Bajo esas circunstancias, los contribuyentes no hubieran tenido alternativas de financiamiento de deudas.


La ley aprobada por el Congreso indica que se podrán incluir luego en el nuevo beneficio planes de pago vigentes o caducos.


“La decisión del organismo apunta a garantizar la continuidad de un mecanismo de financiamiento para los contribuyentes afectados por la crisis económica mientras se instrumenta el acceso a la moratoria prevista en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”, indica un comunicado de la AFIP conocido ayer.


El plan de facilidades vigente hasta el 31 de marzo de 2020 contempla la posibilidad de regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como intereses y multas, vencidas durante los primeros tres meses del año próximo.


El plan establece un máximo de hasta 12 cuotas. La deuda a incluir deberá ser cargada de forma manual en el Sistema Mis Facilidades. Para adherirse al plan de facilidades de pago los contribuyentes deberán cumplir con las siguientes condiciones:


Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por período fiscal.


Declarar en el servicio “Declaración de CBU” la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán el importe de cada cuota.


Por otro lado, la AFIP determina la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de marzo de 2020, medida que beneficia a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptas como tal en el “Registro de Empresas MiPyMES”.


La extensión del plazo alcanza también aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”. Se trata del universo de empresas, monotributistas y autónomos que podrán solicitar el certificado de la Secretraría Pyme que les permitirá ingresar a la moratoria.

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