BCRA limita financiamiento bancario en pesos a las empresas exportadoras

La medida busca evitar que aquellas empresas que tienen la mayor parte de sus ingresos por ventas en dólares se financien en la plaza local en pesos, e incentivarlas a fondearse a través de sus recursos propios mediante una mayor liquidación en el mercado.
El Banco Central dispuso que las entidades financieras limiten la financiación en pesos a aquellas empresas que exportan el 75% de sus ventas totales, a $ 1.500 millones sin previa aprobación de la entidad monetaria.
Así lo dispuso en la Comunicación 6.765 dirigida a las entidades financieras en la que informa la modificación a la política de crédito vigente, en particular el referido a las financiaciones en pesos a grandes empresas exportadoras.
La medida busca evitar que aquellas empresas que tienen la mayor parte de sus ingresos por ventas en dólares se financien en la plaza local en pesos, e incentivarlas a fondearse a través de sus recursos propios mediante una mayor liquidación en el mercado. Las empresas alcanzadas por la comunicación son aquellas cuyas exportaciones de bienes y servicios de los 12 meses calendario inmediatos precedentes representen al menos el 75 % de sus ventas totales, considerando el mercado interno y las exportaciones.
El Banco Central también dispuso que las entidades financieras mantengan un importe total de financiaciones alcanzadas en pesos en el conjunto del sistema financiero que supere $ 1.500 millones. Cuando el cliente reúna la condición de gran empresa exportadora pero el importe total de sus financiaciones en pesos en el sistema financiero no supere los $ 1.500 millones, la entidad podrá otorgarle nuevas financiaciones en pesos en la medida que con tales desembolsos no se supere ese importe.
Se entenderá que las nuevas financiaciones comprendidas en el régimen son las que impliquen desembolsos de fondos cualesquiera sean las modalidades utilizadas, incluyendo las que se instrumenten bajo la forma de arrendamiento financiero (“leasing”), de préstamos de títulos valores, de obligaciones negociables o se incorporen por compra o cesión.
También incluye las carteras de activos respecto de las que se tengan títulos de deuda o participaciones (fideicomisos, fondos comunes de inversión, etc.) o ampliaciones de límites de crédito asignados para adelantos en cuenta corriente, las renovaciones, prórrogas, esperas (expresas o tácitas) o cualquier otra modalidad de refinanciación.

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