La Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia condenó a 7 años de prisión a la obstetra Mónica Lourdes Laprovitta Iguri, acusada de la muerte de su paciente, Manuela Barreto, y de haber ocasionado graves lesiones a otras cuatro personas, durante los tratamientos estéticos realizados en el transcurso del año 2018.
El fallo fue leído este mediodía por el presidente subrogante del Tribunal, Ricardo Rojas, acompañado del juez Horacio Roglan y de la jueza Telma Betancur, ambos en calidad de subrogantes, y en presencia de la condenada, Laprovitta Iguri -secundada por sus abogados defensores, Juan Manual Sala y Lucas Sebastián Palacios- y la fiscal subrogante, Norma Elizabeth Zaracho.
La pena aplicada a 7 años de prisión es por homicidio culposo, por dos hechos de estafa y uno de lesiones gravísimas. Los demás cargos por el que fuera juzgada -ejercicio ilegal de la medicina y de una profesión, usurpación de título y tres hechos de lesiones leves- ya prescribieron y, en consecuencia, fue sobreseída por estos ilícitos.
Laprovitta Iguri está detenida hace 5 años y 11 meses, razón por cual y teniendo en cuenta esta sentencia, sería liberada en las próximas horas, ya que lleva cumplido más de las dos terceras partes de la pena aplicada.
De hecho, apenas el juez Rojas terminó de leer el fallo, el abogado defensor, Sala pidió la excarcelación de su cliente, solicitando que la mujer terminé de cumplir la sentencia bajo el régimen de libertad condicional.
Segundo fallo
Este es el segundo pronunciamiento que hace un Tribunal con relación a este caso.
En setiembre del año pasado, la Cámara Primera en lo Criminal condenó a 15 años de cárcel a la falsa médica, por homicidio simple (dolo eventual) lesiones gravísimas y estafa, tras haber sido señalada como la responsable de haberle causado la muerte a su paciente Manuela Barreto en diciembre de 2018 y haber ocasionado lesiones graves a otras cuatro personas.
En ese fallo, el Tribunal señaló que la obstetra ejerció “violencia estética” y encuadró el caso con perspectiva de género, al entenderse que esta tipología está contemplada dentro de las formas de violencia de género contra las mujeres.
Sin embargo, el doctor Sala, abogado defensor de la mujer apeló esta sentencia impulsando un recurso de casación, con el argumento de que el fiscal había introducido pruebas de manera ilegal, violando el principio de igualdad y del debido proceso.
Por esta vía, el caso llegó a la máxima instancia judicial de la provincia y allí, el Superior Tribunal de Justicia, anuló la sentencia dándole la razón a la Defensa de Laprovitta Iguri, y ordenó la realización de un nuevo juicio.
El nuevo proceso se puso en marcha de acuerdo a lo dispuesto por el STJ, recayendo la tarea en la Cámara Segunda en lo Criminal, la que tuvo que ser integrada y completada con jueces subrogantes. En esta oportunidad por camaristas civiles: el juez Roglan y la jueza Betancur.
El segundo juicio se desarrolló íntegramente a través de varias audiencias realizadas en la sede de Tribunales, concluyendo este mediodía con la lectura de la nueva sentencia que viene a poner fin a este largo proceso judicial.