Desde el Senasa recuerdan que el traslado de colmenas y abejas debe estar amparado por el Documento de Tránsito

Luján, Provincia de Buenos Aires. Abejas sobre panal con cría cerrada, en el marco de un control sanitario de colmenas o monitoreo (técnica denominada "prueba del frasco") que se realiza periódicamente en momentos claves del ciclo productivo, por un profesional del Programa Nacional de Sanidad Apícola.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recuerda que en todo el territorio de la República Argentina, el movimiento de colmenas, núcleos, paquetes de abejas, celdas reales y reinas, desde y hacia los apiarios de crianza debe estar amparado por el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) según lo normado en la Resolución Senasa 278/2013.
El DT-e es una herramienta que contribuye a prevenir y evitar la dispersión de enfermedades de las abejas, y ante el eventual ingreso del pequeño escarabajo de las colmenas (PEC), detectado en Brasil, Paraguay y Bolivia, se podrían tomar medidas basadas en la trazabilidad.
Es emitido por el Senasa o gestionado por el interesado con autorización del Organismo, que ampara y habilita el tránsito y movimiento de toda mercancía por cualquier parte del territorio de la República Argentina, lo que incluye a los productos, subproductos y derivados de origen animal que se encuentran dentro de su ámbito de competencia.
Se recuerda, además, que el propietario del apiario de crianza debe informar todo ingreso de material apícola vivo, ajeno al mismo, presentando el DT-e en la Oficina del Senasa correspondiente a su jurisdicción, en el plazo de 72 horas. Asimismo, el establecimiento de origen debe estar autorizado por el Senasa para comercializar material genético.
De igual manera, quienes se dediquen a la actividad apícola deben inscribirse y mantener actualizados sus datos en los registros nacionales de Productores Apícolas (Renapa) y Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).

Comentarios Facebook

Lo más leído