El Gobierno propone eximir IVA e Impuesto al Cheque a vacunas producidas en el país

El Gobierno nacional envió un proyecto a la Cámara de Diputados para eximir del IVA y del Impuesto al Cheque la venta de vacunas e insumos producidos en la Argentina para inmunizar a la población contra el coronavirus, cuando los compradores sean el Estado Nacional, las provincias o la ciudad de Buenos Aires.
La iniciativa apunta a ampliar ese beneficio a la compra de vacunas fabricadas en el país, ya que aquellas adquiridas en el exterior no pagaban derechos a la importación ni otros tributos como se estableció en ley de vacunas.
Fuentes parlamentarias señalaron que la intención es comenzar en las próximas semanas a debatir el proyecto en la comisión de Presupuesto y Hacienda que conduce el diputado del Frente de Todos Carlos Heller.
El proyecto que exime del IVA y el Impuesto al Cheque a la venta de vacunas y otros insumos contra el coronavirus lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
La medida impositiva eximirá el pago del 21% del Impuesto al Valor Agregado que se aplica a todos los productos y del Impuesto al Cheque del 0,6% que se cobra por cada transacción bancaria.
La ley de vacunas, en su articulo 6, eximió del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el IVA.
La nueva iniciativa alcanza además a otros medicamentos, tratamientos e insumos necesarios para hacerle frente a la pandemia en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno nacional desde el año pasado.
En los fundamentos, el Poder Ejecutivo recordó la vigencia de la medida que declaró de interés público la investigación, el desarrollo, la fabricación y la adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19, en el marco de la emergencia sanitaria.
A través del proyecto, se faculta al Poder Ejecutivo a extender los beneficios de la ley por el plazo máximo de un año.
Además, se invita a las provincias, a la CABA y a los municipios a adherir a la exención de los tributos aplicables en sus jurisdicciones.
Asimismo, el proyecto exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias a las cuentas usadas en las operaciones «inherentes» a la venta de las vacunas, descartables, medicamentos, insumos y tratamientos contra la Covid-19, siempre que sean adquiridas por el Estado Nacional, las provincias, la CABA o los municipios.

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