El STJ no hizo lugar a la feria extraordinaria que pidieron los gremios y el Colegio de Magistrados

El Superior Tribunal de Justicia no hizo lugar a la feria judicial extraordinaria solicitada por el Colegio de Magistrados y Funcionarios y los dos gremios que nuclean a los trabajadores del sector.
La Corte Provincial tomó esta determinación tras considerar que no se pueden adoptar medidas institucionales sostenidas en el puro criterio de los solicitantes, ya que la Provincia de Formosa cuenta con un Consejo de Atención Integral de la Emergencia, que centraliza la información científica y expone sus resultados diariamente, “sin que hasta el momento se mencione siquiera el crecimiento exponencial de la pandemia en nuestro territorio, como lo hacen las firmantes”, sostiene la resolución del máximo tribunal, refiriéndose a la jueza María Laura Viviana Taboada, presidenta del Colegio de Magistrados y Funcionarios, Basilisia Benítez, secretaria general de la Asociación Judicial Formosa y Blanca Almirón, titular de la Seccional 3 de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación.
En una presentación conjunta pidieron al STJ que se declare Feria Judicial Extraordinaria en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, con suspensión de términos por catorce días, sin concurrencia a los lugares de trabajo y con guardias mínimas mediante sistema de teletrabajo en el horario establecido en el punto 6º de la Acordada 3051/2020.
Para sustentar esta medida excepcional señalaron que “a su criterio” las acciones de prevención ya adoptadas por STJ son insuficientes en razón de lo que calificaron como un “avance explosivo de la pandemia”, trayendo a colación el caso de un abogado del foro local que habría dado positivo al análisis de COVID19 y el de una funcionaria judicial que estaría aislada junto a su marido.
Respecto a estos dos casos particulares planteados, el STJ advierte en su resolución que el Consejo de Atención Integral de la Emergencia ya ha adoptado las medidas de prevención y contención requeridas para la ocasión, por lo que no se encuentra justificado en modo alguno el dictado de una medida como la pretendida.
Finalmente, sobre la sanitización de los edificios, el STJ recuerda que en la audiencia concedida a la Asociación Judicial Formosa se han explicitado los mecanismos ya adoptados y los generados en la fecha, que permiten tener por cumplido el requerimiento.

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