En una audiencia, el juez Carbajal le hizo un llamado de atención a la Fiscal de Estado

El juez federal subrogante N° 2, Fernando Carbajal en una audiencia donde la provincia asistió a través de la Fiscal de Estado Stella Zabala de Copes, por medio de la plataforma virtual, casi sancionó a la representante de la provincia de Formosa por manifestaciones de tenor político que luego recriminó el magistrado.
El Juez frenó a la Fiscal de Estado cuando repitió en la sala de audiencias las frases de los carteles callejeros en los que se acusa a los fallos que permiten el ingreso de varados, de querer «romper el estatus sanitario» de la provincia.
«Voy a resolver la cuestión, pero en primer lugar no voy a dejar pasar la frase expresada por la señora, le voy a pedir fiscal que se conecte en video nuevamente para estar presente en la audiencia, no voy a dejar pasar la frase donde textualmente la señora fiscal de Estado ha dicho que el objetivo de estas medidas es romper el status sanitario de la provincia, argumentación de carácter político que me parece absolutamente inapropiada de realizar en el marco de una audiencia judicial que la señora fiscal podrá realizar en los ámbitos que considere correspondiente, entiendo que resulta en las decisiones judiciales adoptadas por esta magistratura y por la Cámara Federal de Resistencia un objetivo casi perverso de enfermar a la gente, si bien esta cuestión es de público conocimiento que es utilizada en distintos ámbitos y la verdad es que ni mella el espíritu de este magistrado, no he de permitirle señora fiscal que en el ámbito de esta audiencia judicial realice ese tipo de aseveraciones absolutamente irresponsables y desmedidas y la llamo al orden en el futuro de abstenerse de acusar a esta magistratura de tener como objeto romper el status sanitario, creo que eso habla muy mal del modo en que está ejerciendo su labor profesional y su labor funcional por lo cual le hago una advertencia de abstenerse de utilizar en mi sala de audiencia ese tipo de frases en el futuro y espero que esto quede lo suficientemente claro», advirtió Carbajal.
«Lo que se diga en las tribunas políticas me resulta ajeno y no es parte de mi problema, le voy a pedir que respete esta sala de audiencias del Poder Judicial de la Nación, sobre las cuestiones planteadas voy a ser coherente tal como lo vengo siendo porque entiendo que la coherencia es un atributo que debe respetarse y al cual debe honrarse en todos los ámbitos de la vida por lo cual voy a ser coherente con mis decisiones judiciales anteriores atento que no ha surgido en la presente causa nuevas circunstancias que me modifiquen de lo sostenido en los precedentes que de manera consistente hemos venido a analizar”, expresó el funcionario judicial.
En ese sentido indicó que «sin perjuicio de esto, sí la provincia prohíbe el ingreso de los ciudadanos, las decisiones adoptadas desde el momento que implican una dilación indefinida implican en los hechos una prohibición de ingreso a la provincia, esto lo digo yo y lo ha dicho de manera muy clara la Cámara Federal de Apelaciones cuyas resoluciones estoy obligado tanto jurídica como desde el punto de vista del sentido común, además de compartirla, respetarlas en cuanto a que esta medida y el modo en que la está ejecutando el gobierno de la provincia no supera el test de razonabilidad, por lo cual esto no implica y esta reiteración de argumento falaz debería terminarse respecto a que se postula el ingreso irrestricto aquí en todos los casos dejamos claramente, que el ingreso de los ciudadanos ha de producirse asegurando el Consejo el cumplimiento de todos y cada uno de los protocolos establecidos que las autoridades sanitarias entienden que es el modo eficaz de controlar la pandemia, lo que no se permite porque es violatorio de la Constitución es que se siga prohibiendo el ingreso y una dilación en meses sin duda equivale a una prohibición, por esta razón y tal como todos los precedentes anteriores y por aplicación de los precedentes, he de resolver hacer lugar al hábeas corpus preventivo presentado en esta causa y ordenar al Consejo provincial de la Emergencia y a las autoridades en general del gobierno de la provincia de Formosa que en el plazo de 5 días dé fecha cierta de ingreso a los ciudadanos teniendo un plazo de 5 días más para cumplir con esta medida».

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