Fernando Carbajal impulsa cambios en el actual
régimen laboral para promover el primer empleo

Los diputados nacionales del radicalismo, Fernando Carbajal y Pedro Galimberti, presentaron en la Cámara Baja del Congreso de la Nación un proyecto de ley por el cual se promueve la registración de nuevos trabajadores y la generación de empleo en Argentina.
El proyecto de los legisladores de Juntos por el Cambio busca armonizar la legislación vigente con las condiciones actuales y reales del ámbito laboral y contempla beneficios para el trabajador y el empleador.
«El mercado del trabajo cambió y la ley vigente obtura la incorporación de nuevos trabajadores registrados en perjuicio, fundamentalmente, de los jóvenes. Esto, además, favorece la existencia de vínculos laborales precarios y desalienta la generación de trabajo por parte de los empleadores», explicó el diputado por Entre Ríos Pedro Galimberti.
Su par formoseño, Fernando Carbajal destacó que el proyecto beneficia a los trabajadores que estén en condiciones de acceder a la primera relación laboral registrada y a empleadores nuevos, o que hayan iniciado su actividad hasta dos años antes de la fecha de inicio del contrato laboral.
«Proponemos que durante los dos primeros años del contrato de trabajo de primer empleo el empleador goce del beneficio de la reducción del 100% de las contribuciones patronales vigentes. De la misma manera, durante el mismo período el trabajador estaría exceptuado de todos los aportes a su cargo, aunque a los fines previsionales este período quedará registrado a los fines previsionales, con aportes adeudados no exigibles», detalló Carbajal.
Hizo notar que el contrato de trabajo de Primer Empleo no beneficia, desde luego, a las grandes empresas, sino que apunta fundamentalmente a aquellas que tengan hasta 50 trabajadores.
«También se contempla extender el período de prueba a 6 meses, establecer una indemnización por despidos sin causa durante los dos primeros años y reduce el tiempo de preaviso a 10 días corridos», explicó Galimberti, quien además aclaró que el contrato de primer empleo no sería incompatible, por el término de 12 meses, con la percepción de planes sociales, aunque se reducirá el monto de éste último al 50%.
Los autores de este proyecto de ley, también aclararon que no se trata exclusivamente de una ley de primer empleo joven, ya que también se contempla que puedan acceder a este tipo de contrato aquellos trabajadores cuyo último empleo registrado sea anterior a 10 años a la fecha del nuevo contrato.

Particularidades

Las particularidades del contrato del primer empleo que lo diferencian del régimen ordinario son tres:
• Se extiende el periodo de prueba a seis (6) meses.
• Se establece una indemnización en los términos del artículo 247 de la LCT para el despido sin causa durante los dos primeros años.
• Se reduce el preaviso a 10 días corridos, sin integrativo.
En todo lo restante sigue vigente el contrato de trabajo, pero esta simplificación del sistema para la etapa inicial del contrato constituye un fuerte estímulo a la contratación y a promover la actividad de los emprendedores que pueden iniciar sus nuevas actividades con menores riesgos. Para los noveles trabajadores es una oportunidad de sumarse a nuevas actividades, aprender nuevas destrezas y en caso de éxito del emprendimiento, consolidar una situación laboral estable, pues luego del plazo de los años, se aplica sin solución de continuidad el régimen general del trabajo.

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