HCD aprobó aumento de boleto a $25 y prohibición de pirotecnia

En la sesión de ayer del Honorable Concejo Deliberante, concejales del oficialismo sin el voto de los bloques opositores, aprobaron dos proyectos de gran importancia; el aumento de boleto de colectivos que quedó a 25 pesos y el trasbordo a 35,15 pesos y la prohibición de pirotecnia en la ciudad «con excepciones», lo que significa que quienes soliciten autorización a la Comuna y ésta sea aprobada, podrán hacer uso de la pirotecnia siempre y cuando no supere los 65 decibeles.
En ese marco el concejal Miguel Montoya (UCR) se mostró en contra del proyecto y aseveró que antes de la suba «creemos que es prioritario discutir otras cosas que tienen que ver con el servicio que brinda la empresa porque nunca les dijimos que no, cada vez que pidieron aumento se lo dimos y eso no tiene una correlación con la mejoría en la prestación del servicio, recibimos de manera permanente quejas de los usuarios por la prestación del servicio. Llevarlo a 25 pesos excede lo que a nosotros nos marca un poco la cancha que es defender los bolsillos de los usuarios de transporte».
Seguidamente el concejal Fabián Cáceres (PJ) expresó que «cada vez que nos toca hablar de una actualización de tarifa para nadie es grato, somos representantes de los vecinos y debemos hacerlo de forma responsable. Cada vez que la empresa solicita una actualización se la escucha, el intendente piensa que tenemos un servicio esencial y que ese privado tiene que cubrir su costo para seguir prestando el servicio, esa es la responsabilidad que tiene nuestro intendente».
De la misma forma el concejal Fabián Olivera (UCR) lamentó el nuevo incremento y aseveró que «pedirle más esfuerzo al vecino es una situación incómoda, los concejales del oficialismo tendrían que buscar otra forma para sostener el boleto de transporte».
Destacó además la asistencia del gerente de la empresa que se acercó a una reunión de comisión para dialogar al respecto, «no es común que venga una autoridad de la empresa a hablar con nosotros y que conteste todo aunque hay cosas que me llamaron la atención que dijo el gerente, el año pasado lo escuchaba de que había unos 330 mil cortes mensuales del Boleto Estudiantil con lo cual estamos a favor, queremos que siga y que dejen de restringir porque cada vez hay más chicos que lo dejan de usar por las trabas que ponen». Aunque manifestó que el mismo se sostiene «por cada aumento» que se le otorga a la compañía y lamentó que sea el vecino quien deba padecer las subas. Es por ello que pidió «boleto para todos los estudiantes, que viajen gratis pero que se pague de otro lado, se puede sostener de otra manera como hacen otras municipalidades».
Tras esto, el concejal Adrián Muracciole (PJ) le respondió a Olivera y aseguró que «el Boleto Estudiantil no se paga con los aumentos que son producto de una inflación que el gobierno nacional es incapaz de sostener y nosotros no tenemos la culpa de esto que está en la Argentina desde el 10 de diciembre de 2015. No nos pueden echar la culpa de la inflación que hay desde que asumió Macri, la más alta desde el año 1991».
Tras la discusión se aprobó el boleto urbano a 25 pesos, sin el voto de los bloques opositores. El mismo empezará a regir tras la promulgación de la ordenanza.

Prohibición de pirotecnia,
proyecto alternativo

En la sesión de ayer también se aprobó un «proyecto alternativo» para prohibir la pirotecnia en la ciudad, algo que generó malestar en los concejales opositores quienes manifestaron que eso no era lo que habían tratado originalmente ya que buscaban una ciudad con pirotecnia cero, al igual que los proteccionistas de animales y personas que tienen familiares que padecen TEA (Trastorno del Espectro Autista), quienes observaron atentamente el desarrollo de la sesión.
El proyecto implica la no utilización de la pirotecnia ya que su uso afecta la calidad de vida de las personas que poseen TEA (Trastorno del Espectro Autista), como así también ocasionan un daño provocando efectos adversos en mascotas, animales callejeros y fauna urbana.
Es así que se prohíbe en el ámbito de Formosa la fabricación, comercialización, venta mayorista o minorista, almacenamiento, transporte, distribución y uso de artificios pirotécnicos incluidos en la categoría tipo C, 4B del decreto reglamentario N°302/83 de la Ley Nacional 20.429 ya sean artificios pirotécnicos de efectos lumínicos, fumígenos o audibles no calificados como de venta libre por el Registro Nacional de Armas.
No se permitirá en el ámbito del radio de la Municipalidad de Formosa, la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora que exceda los 65 decibeles conforme el articulo 3, además se incluye en esta prohibición, los globos aerostáticos encendidos, a efectos de compatibilizar la denominación contemplada por la ordenanza en la Ley Nacional 20.429. Se entenderán como sinónimos, los términos artículos de pirotecnia sonora exclusivamente y artículos pirotécnicos sonoros, aplicándose su definición considerándose como tales a todos los artefactos destinados a producir efectos sonoros, audibles o mecánicos mediante mecanismo de combustión o explosión que incluyen los denominados cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, juegos de artificios sonoros y cualquier otro elemento similar de carácter pirotécnico que produzca combustión y/o explosiones.
Además quedan excluidos de la ordenanza, los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos como cañas voladoras, estrellitas, juegos de luces sin sonido y productos pirotécnicos lumínicos que no superen una emisión sonora de 65 decibles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento, cualquier otro producto pirotécnico que no encuadra con lo anterior o que sobrepase el limite sonoro, deberá ser usado en circunstancias o actuaciones excepcionales exclusivamente autorizadas previamente por el Ejecutivo Municipal, salvaguardando la salud y bienestar de la población.
Se prohíbe también el uso de los artificios pirotécnicos en un radio menor a 30 metros lineales, de sectores de salud y residencia de adultos mayores de la ciudad de Formosa.
Quedan excluidos de la ordenanza los utilizados para señales de auxilio, emergencias o para el uso de las fuerzas armadas, de seguridad y/o defensa civil o uso profesional siempre y cuando sean utilizados en el ejercicio de sus funciones.
El incumplimiento de la ordenanza hará pasible a los titulares de los establecimientos, instituciones, asociaciones o personas físicas o jurídicas en los casos que se verifique la infracción de la aplicación de las sanciones; multa de 250 litros de nafta a 6 mil litros de combustible de acuerdo a la gravedad de la infracción, decomiso de la totalidad de la mercadería pirotécnica que se trate y de los elementos utilizados para su fabricación, comercialización, venta mayorista o minorista, almacenamiento, transporte, distribución y uso según lo previsto en el artículo 1.
Si el infractor fuere comerciante o se tratare de una persona física o jurídica, se ordenará la clausura del lugar o local comercial donde éstas se desarrollen por un término de 5 a 10 días hábiles si se tratare de la primera infracción. En caso de reincidencia la clausura se ordenará por un lapso de 30 a 60 días hábiles. Para el supuesto de nuevas reincidencias que tengan lugar dentro de los dos años de cometida la segunda infracción, se procederá a retirar la habilitación comercial del comercio al infractor por un término de 3 años.
También se instó a los diputados nacionales, representantes de la provincia de Formosa a trabajar en la modificación de la Ley 20.429 a los efectos de lograr la pirotecnia cero.

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