Ibáñez anunció el cronograma de pago de sueldos y aguinaldos para agentes estatales

Durante un nuevo parte informativo del Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID 19, el Ministro de Economía, Haciendas y Finanzas, Jorge Oscar Ibáñez, confirmó el pago escalonado de sueldos y aguinaldo para agentes activos y pasivos de la provincia de Formosa.
En primer lugar, el funcionario, sostuvo que “este es un esfuerzo muy grande del tesoro provincial en este momento” y que “en Formosa se paga el sueldo y aguinaldo en forma conjunta, no en cuotas, y con un 15% de aumento que se otorgó a los agentes pasivos y activos en marzo”.
Ante lo expuesto, el cronograma de haberes quedó establecido de la siguiente manera:

Estatales pasivos:

30 de junio: DNI terminados en 0, 1 y 2.
01 de julio: DNI terminados en 3, 4 y 5.
2 de julio: DNI terminados en 6 y 7.
3 de julio: DNI terminados en 8 y 9.
Para los trabajadores activos:
4 de julio: DNI terminados en 0, 1 y 2.
5 de julio: DNI terminados en 3, 4 y 5.
6 de julio: DNI terminados en 6 y 7.
7 de julio: DNI terminados en 8 y 9.

Medidas del Banco Central

Por otro lado, el titular de la cartera económica, informó sobre las medidas tomadas por el Banco Central en contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio que atraviesa el país.
Por medio del decreto 544, se extendió hasta el 31 de diciembre la suspensión del cierre de las cuentas bancarias a modo de sanción para aquellas personas que hayan liberado cheques sin fondos, en el marco de la cuarentena obligatoria.
Además, se prorrogó hasta el 30 de septiembre la suspensión del cobro de cargos y comisiones para todas las operaciones en cajeros automáticos que tengan sucursales en todo el país.
Por su parte, las entidades financieras no pueden realizar ningún tipo de descuento ni débitos automáticos en el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y tampoco en el monto de quienes hayan cobrado el salario complementario (ATP) por ser sumas de carácter alimentario.
“En el caso de los créditos a tasa cero, que son aquellos que se acreditan directamente en una tarjeta de crédito, para no sufrir un débito automático deben solicitarlo a la entidad bancaria que les otorgó la tarjeta”, recordó Ibáñez.
También, las entidades financieras no pueden cargar intereses punitorios sobre los montos no pagados de créditos concedidos y las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final del crédito.
“Por ejemplo, un crédito que fue otorgado por esa entidad financiera a doce meses, la cuota impaga mientras dure esta medida del banco, pasa a ser la numero trece”, indicó el ministro.
Por último, los usuarios cuentan con el derecho de revertir los débitos directos y los débitos automáticos, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la obligación de las entidades de devolver los fondos dentro de los tres días hábiles de la solicitud.

Comentarios Facebook

Lo más leído