Ilustrar al soberano para que no caiga en el engaño: El tema de la NO acreditación de dos carreras en la UNaF

Hace pocos días el Dr. Bruno, integrante de la mesa del COVID 19, sorprendió a la comunidad formoseña con un ilustrativo relato del “viaje epidemiológico” en el que estamos embarcados los formoseños. El relato, hacía referencia a un viaje, en un colectivo en el que “todos estamos incluidos” (personas con diferente ideología política, con distintos gustos, costumbres; adultos, niños, hombres y mujeres).

Aludía también, en su relato, a la existencia de un conductor que toma decisiones apoyado en la riqueza de sus experiencias. Conductor que fue comparado con algunos grandes de la historia universal como Napoleón, Julio César y Alejandro Magno, destacados, según el narrador ocasional de la mesa, por sus dotes de mando. Esta metáfora o analogía le permitió establecer relaciones entre lo que eventualmente ocurre en cualquier viaje (incomodidades, reglamentos que cumplir, desafíos, dilemas por resolver) y lo que la comunidad formoseña está viviendo actualmente. 

Esta magistral figura nos dio el puntapié inicial para erigirnos en colaboradores del Modelo Formoseño y poder transparentar una serie de situaciones que se viven en la UNaF: aprietes a los estudiantes y familiares que se involucran con nuestra causa – la de la autonomía universitaria-, dádivas para torcer voluntades, impedimentos para que los estudiantes puedan hacer sus prácticas profesionalizantes en las instituciones provinciales. 

Transparentar procesos y asignar responsabilidades compartidas en una cuestión de Estado; es un derecho del pueblo de la provincia de Formosa.

Uno de los temas que merecen esclarecimiento es el de la acreditación de carreras. Se trata de un proceso complejo que, para quienes forman parte de la comunidad universitaria, es conocido, genera preocupaciones, mucho trabajo y compromiso con la sociedad en la que la universidad se halla inserta.

Se trata de un proceso que involucra a muchos actores de la institución universitaria (autoridades, docentes, no docentes, gremios) y de instituciones gubernamentales y no gubernamentales de la provincia, entre otros.  Por su parte, para quienes no forman parte de este contexto, cuando los titulares de los diarios anuncian la no acreditación suele ser motivo de descalificaciones, descrédito y desprestigio.

Como nuestro Modelo Formoseño, impulsado por el gobernador Gildo Insfrán, desde hace más de 25 años, garantizó siempre los principios constitucionales, la comunidad universitaria de la Universidad Nacional de Formosa considera necesario, en virtud de lo establecido en la Constitución Nacional, hacer efectivo el principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho de acceso a la información pública.

Desde estos propósitos y en este marco, las autoridades de la universidad asumen el compromiso de informar cómo se lleva a cabo el proceso de acreditación, las normas que la reglamentan, los procedimientos y la institución responsable.

La acreditación o el proceso de acreditación se inicia a requerimiento de la unidad académica que decide voluntariamente someterse a ese proceso. Existen normativas generales y estándares de acreditación. Entre las primeras, la Ley de Educación Superior N° 24.521, el Decreto N° 499/95: Ley Nº 24.521(Disposiciones Generales. Disposiciones Relacionadas con la Evaluación y la Acreditación. Consejo de Universidades. Universidades Nacionales), el  Decreto N° 2219/2010 (cambio en el art. 6 del Decreto Nº 499/95- períodos de acreditación), las Resoluciones Ministeriales N° 462/11, 51/10, 6/97 que se refieren, respectivamente a los requisitos para la presentación a acreditación de carreras universitarias que corresponden a títulos incorporados al artículo Nº43 de la LES, que se dictan en articulación con instituciones de nivel superior; mecanismo para el reconocimiento oficial y validez nacional de titulaciones de carreras nuevas y carga horaria de carreras de grado.

También se incluyen una serie de ordenanzas de CONEAU referidas a los procedimientos para la evaluación de proyectos de carreras de grado en funcionamiento, designación de pares evaluadores que habrán de intervenir en el proceso, procedimientos para la implementación del seguimiento de avance de planes de mejora, por mencionar solo algunos de los instrumentos legales que dan sustento a la acreditación de carreras.

Los estándares de acreditación, por su parte, dan cuenta de los contenidos curriculares básicos de las carreras, campos de formación   general, disciplinar e interdisciplinaria y práctica) y áreas, según las especificidades de cada carrera. Aluden también a la carga horaria, a los criterios de intensidad para la formación práctica.

Las dos carreras que no fueron acreditadas en la UNaF , Licenciatura en Enfermería y de Contador Público  se enmarcan en dos resoluciones:   La Resolución N° 2721/15 para la primera de las nombradas y la  Resolución N° 3400-E/2017  para la segunda.

Uno de los aspectos que la comunidad formoseña debe conocer es el que se relaciona con  la práctica profesionalizante del estudiante en instituciones del medio pues esto dota al mismo de la seguridad para en un futuro desempeñar con solvencia la profesión que eligió.

Por el bien de la comunidad universitaria y el normal trascurso de las actividades regulares sería más que suficiente para darle un cierre definitivo a estos procesos. necesarios para dotar de transparencia y credibilidad a nuestra casa de estudios.

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