Informan que atención de los canales de cobranzas extrabancarios no es por terminación de DNI

Los medios de pagos electrónicos se vienen imponiendo fuertemente en los últimos tiempos y más aún, a partir de la pandemia del coronavirus, favoreciendo los mismos a las diferentes partes involucradas: usuarios – consumidores, comercios y también al estado nacional, provinciales y municipales.
Es por ello que la Defensoría del Pueblo luego de que se impusiera el bloqueo sanitario en la ciudad de Formosa, la cual cuenta con más de 255 mil habitantes distribuidos en diferentes barrios, muchos de los cuales se encuentran alejados del casco céntrico, zona en la que, prestan servicios la mayor parte de las entidades bancarias, canales de cobranza extrabancarios (llámese Rapipago, Pago Fácil, Cobro Express, etc.) los que también en el último tiempo han habilitado bocas de atención al público en puntos alejados del centro para satisfacer las necesidades de centenares de vecinos, que requieren pagar diferentes servicios esenciales y otros, lo que permite que no exista una mayor circulación de personas, también la no utilización del transporte público de pasajeros o remises y con ello evitar contactos y así permitir a los usuarios, por un lado cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma, para luego quedarse directamente en sus domicilios.
Informó el dictado de la Disposición Nº 003/21 suscripta por el Dr. Jorge Roberto Tarantini Director de Bromatología, Higiene y Comercialización de la Ciudad de Formosa, por la cual, en el Punto Nº 3 se dispuso que de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 y sábados de 8:00 a 12:30 horas con sistemas de turnos previos, los comercios no esenciales (casas de ventas de productos de línea blanca, electrodomésticos, deportivas, librerías, boutique, etc.).
Los canales de cobranza extrabancarios, quienes en un principio estaban sujetos a regulaciones del BCRA y otras para atender a los clientes conforme terminación de los DNI, de ahora en adelante, podrán abrir sus puertas únicamente para el cobro de cuotas pagaderas todos los meses en determinadas fechas y para ello deberán poseer el personal suficiente y necesario para que los usuarios – consumidores respeten en las filas las distancias preventivas, utilización del tapa bocas, alcohol en gel y toda otra medida de bioseguridad. Obviamente no les está permitido la comercialización de productos por ahora, pero consideramos una medida acertada que exista una Responsabilidad Compartida en la prevención para que la gente pueda pagar sus deudas y las casas comerciales cobrar sus créditos.
Gialluca añadió que, en relación a los Rapipagos, Pago Fácil y otros, no rige de ahora en más la obligación de cobro conforme terminación de DNI de las personas. Por lo tanto, cualquier ciudadano podrá acercarse a dichos locales habilitados debidamente y guardando las distancias correspondientes más todas las otras medidas de seguridad, realizar las actividades que les sean necesarias.
Con ello, se logrará, «blanquear de una vez por todas con una situación que no se venía respetando en cuanto a las terminaciones de DNI y cuando se lo hacía, la persona comenzaba a deambular por la ciudad en búsqueda de un lugar que lo atendiera, con todo el riesgo que ello implica».
Desde el Organismo de la Constitución se notificó formalmente de esta Disposición a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Usuario, con la finalidad de proseguir trabajando coordinadamente a favor de la gente y otorgándoseles estas alternativas a los comerciantes dentro del difícil y grave momento sanitario que vive el mundo, nuestro país y la provincia de Formosa.

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