
La propuesta de sectores de la oposición para impulsar un juicio político contra el gobernador Gildo Insfrán y su vicegobernador, Eber Solís, basada en una supuesta ilegitimidad de sus mandatos, carece de sustento jurídico sólido y subestima principios esenciales del derecho constitucional argentino, como el federalismo y la autonomía provincial.
A continuación, se analizan los puntos clave que deslegitiman esta propuesta.
El principio federal y la competencia provincial
El artículo 5° de la Constitución Nacional establece que cada provincia dicta su propia Constitución conforme a los principios republicanos, sin intervención directa del gobierno federal en cuestiones de orden interno, salvo circunstancias excepcionales previstas en el artículo 6°.
La Corte Suprema de Justicia ha enfatizado reiteradamente la importancia de respetar la autonomía provincial en casos como «Río Negro c/ Nación» (Fallos: 310:2478), subrayando que las provincias son las primeras responsables de garantizar el sistema republicano en su jurisdicción.
La acusación de «ilegitimidad» contra Insfrán y Solís, basada en una interpretación de la inconstitucionalidad de la reelección indefinida, no puede ser resuelta mediante un juicio político impulsado por actores externos. Como señala Germán Bidart Campos, la intervención federal solo procede ante una “anomalía grave” que imposibilite a las instituciones locales funcionar en un marco republicano (Manual de Derecho Constitucional Argentino, Tomo II). No se han probado tales anomalías en este caso.
El fallo de la Corte Suprema y su alcance
Si bien el fallo de la Corte Suprema declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa, su aplicación no tiene efecto retroactivo.
La Corte misma, en el caso «Fayt c/ Estado Nacional» (Fallos: 322:1616), sostuvo que la interpretación judicial no puede vulnerar derechos adquiridos ni alterar situaciones jurídicas consolidadas bajo el principio de seguridad jurídica.
Por lo tanto, la elección de Insfrán y Solís en 2023 no puede ser declarada ilegítima, dado que se ajustó al marco legal vigente al momento de los comicios.
Juicio político: límites y competencias
Los artículos 134 y 135 de la Constitución de Formosa regulan el juicio político, pero este mecanismo debe basarse en causales claras como “mal desempeño” o “delitos en el ejercicio de sus funciones.”
Las acusaciones de los sectores opositores no apuntan a actos específicos de mal desempeño, sino a cuestionamientos generales sobre la continuidad en el poder, lo cual no encuadra dentro de las causales constitucionalmente admitidas.
Roberto Gargarella, en La justicia frente al gobierno: sobre el carácter contramayoritario del poder judicial, advierte que el abuso de figuras jurídicas como el juicio político puede derivar en un desbalance institucional, especialmente cuando se utiliza como herramienta política en lugar de un mecanismo de control legítimo.
Federalismo y republicanismo: una interpretación contextual
Leandro Despouy, en su análisis sobre la Corte Suprema y la democracia, destaca que el republicanismo no se mide únicamente por la alternancia en el poder, sino por la efectividad de las instituciones y el respeto al voto popular. Insfrán y Solís han sido elegidos por mayorías contundentes en elecciones libres, supervisadas por órganos electorales provinciales y nacionales.
No hay pruebas de fraude o irregularidades que justifiquen un cuestionamiento tan severo a su legitimidad.
Conclusión
La iniciativa de sectores de la oposición para promover un juicio político contra el gobernador Gildo Insfrán carece de fundamentos jurídicos y contradice los principios del federalismo y la autonomía provincial consagrados en la Constitución Nacional.
Más allá de las diferencias políticas, es esencial preservar el respeto por las normas que garantizan la estabilidad institucional y el respeto a la voluntad del pueblo formoseño.
Un análisis desde lo jurídico, basado en autores como Bidart Campos, Gargarella y Despouy, evidencia que la denuncia no es más que un intento de interferir en las decisiones soberanas de una provincia, en detrimento de los valores republicanos que los propios denunciantes afirman defender. Desde una perspectiva mas practica la propuesta semeja mas quienes desde los escenarios artísticos generan humo de color para disimular los eventos, acudiendo a proyectos, como el caso en análisis que resultan pura entelquia.
Lic. en Historia:Faustino C. Duarte