Lee: «La salud pública es de competencia Federal, no sé cuál es la duda del STJ hoy»

El jueves en horas de la mañana, el Juez federal Subrogante Fernando Carbajal declaró la inconstitucionalidad del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado del Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19; fue por pedido de los Dres. Carlos Lee y Fabrizio Villaggi Nicora, abogados que venían impulsando Habeas Corpus a favor de varados. Asimismo, horas más tarde el Superior Tribunal de Justicia de Formosa declaró que la provincia tiene potestad exclusiva sobre la política sanitaria.
En contacto con el Grupo de Medios TVO, el Dr. Lee indicó que se planteó la «inconstitucionalidad» del ingreso en cuanto a los plazos que no son «razonables» ya que «el Juez sostuvo que, si bien las medidas sanitarias en muchos sentidos son acordes, el tiempo que dura para que una persona pueda ingresar resulta inconstitucional».
«Con esta inconstitucionalidad el Juez le dice a la provincia que el ingreso de las personas no está dentro de un plazo razonable», clarificó.
Seguidamente, al ser consultado por el planteamiento de la competencia provincial aseveró: «yo tengo una opinión muy personal sobre la resolución del STJ, primero me parece totalmente extemporáneo, nosotros hemos planteado estas cuestiones en la provincia y sabíamos cuáles eran los resultados que iban a tener; asimismo en cuanto a la competencia es netamente Federal, porque la salud pública no es un interés local nada más, es general, lo que implica que atañe a toda la población. Es más, cuando hay problemas de competencia indudablemente es la Justicia Federal la que debe intervenir, eso está establecido, por lo tanto, me parece que el Superior Tribunal de Justicia va con un fallo acorde a lo que dice el gobierno provincial nada más».
«La salud pública es de jurisdicción federal, así que no sé cuál es la duda que tiene el STJ hoy», disparó.
Por otro lado, al hablar del derecho al libre tránsito, Lee expuso que «las medidas sanitarias que dentro de la jurisdicción pueda establecer el gobierno provincial no tienen que aniquilar derechos, pueden restringir, pero a medida de lo razonable».
«La existencia de fronteras internas o límites restringen los derechos de los argentinos, indudablemente estamos hablando de un derecho constitucional de suma importancia, y el máximo órgano de la República Argentina como lo es la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece la competencia de la Justicia Federal», continuó diciendo Lee.
De la misma forma reiteró que no quedan dudas que la competencia en este caso corresponde a la Federal, pero «indudablemente de alguna u otra manera lo que pretenden es llegar a la Corte», aunque «lo propio de todo esto es que el STJ no ejerce superintendencia sobre la Justicia Federal».
«Vamos a ser claros, el máximo órgano de la Justicia como lo es el STJ puede pedir un informe a la Justicia Federal para ver o entender alguna cuestión en particular, sobre algún caso puntual, ahora bien, determinar la competencia o restarle competencia resulta improcedente», clarificó.
Asimismo, el letrado añadió que «cree» que quizás el STJ debe tener una «confusión» en cuanto a la competencia original donde «no cabe la menor duda de que la salud pública desde cualquier punto de vista es un interés general para toda la nación».
«Espero sinceramente que este fallo no tenga un fin político, porque la Justicia tiene que ser un poder independiente al poder Ejecutivo, quiero entender que es una confusión del STJ», culminó.

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