Inquilinos en problemas: alquileres están por encima del salario mínimo

Desde la Defensoría del Pueblo advirtieron que son permanentes las consultas y reclamos de los inquilinos que buscan asesorarse gratuitamente en el organismo, teniendo en cuenta que el principal problema que enfrentan es que los alquileres están más caros que el Salario Mínimo Vital y Móvil.
En este punto el Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, señalo que la actual ley de alquileres «hace que muchos propietarios retiren sus ofertas o las hagan por fuera de los controles legales y eso produce un aumento en los precios. Es que el problema en los hechos que existe es que los salarios públicos y privados no acompañan al índice general de precios y entonces tenemos que los valores de los alquileres se encuentran por encima del SMVM de $24.408».
En este contexto, se llevó a cabo un trabajo de investigación del mercado inmobiliario en nuestra provincia y se pudo obtener los siguientes elementos de información como preferencia al momento de contratar, los inquilinos en su mayoría tienen en cuenta; el precio; la ubicación que le permita abaratar costos de transporte; cantidad de ambientes de acuerdo al número de personas a habitar; la flexibilización de los requisitos para contratar, que los lleva a resultarles conveniente convenir directamente con el propietario para obtener menores requisitos, aunque las inmobiliarias consideran que se arriesgan a contrataciones con propietarios inescrupulosos que no hacen cumplir la ley.
En relación al precio de los alquileres para una familia tipo de 2 habitaciones, dependiendo de la zona, tiene un costo entre $25.000 y $40.000 y para el comercio asciende hasta $30.000. En el microcentro podría estar en $100.000, siendo mucho menor el precio si se contrata con el dueño del inmueble, ya que estos suponen que puede ser mayor la pérdida de ingresos mientras se encuentra vacío.
Los requisitos para formalizar un contrato de locación con una inmobiliaria son más rigurosos, pudiéndose mencionar los siguientes; mes de alquiler; mes de depósito, que es igual a un mes de alquiler; titular y garantes deben acreditar ingresos y no deben estar afectados a las centrales de información; gastos de Escribanía y sellado de Rentas; comisión de la Inmobiliaria; expensas en el caso que se comparta espacios comunes e inclusive algunos requieren seña. En cambio, los propietarios flexibilizan los requisitos exigiendo habitualmente el mes de alquiler, recibo de sueldo, firma de pagaré.
En cuanto al pago de servicios quedan a cargo del locatario. Cabe recordar que con la normativa anterior los contratos generalmente fijaban un aumento del 15% y 20% en forma semestral y con la nueva Ley de Alquileres se establecen en forma anual, a través del Índice de Contratos de Locación (ICL), publicado por el Banco Central de la República Argentina, con lo cual las partes no pueden convenir los aumentos, debiendo los locadores prever un precio más elevado al pactar el contrato o sacarlo del mercado para ofrecerlo en venta y los inquilinos no tienen la seguridad del importe del aumento.
En cuanto a desalojos, al estar vigente durante la pandemia el decreto que prohíbe los mismos, difiere el pago de los aumentos de alquiler y prorroga los contratos, si bien aumento la morosidad, las partes han acordado rebajas en los alquileres en su generalidad en un 50% hasta un 100% para los locales comerciales durante el dictado del cierre de los mismos durante la ASPO, otorgando la posibilidad de que el inquilino realice pagos a cuenta o en cuotas.
Es dable señalar que al habilitarse el Paseo Ferroviario en nuestra ciudad capital, muchos comerciantes alquilaron un puesto, realizándose un contrato por 3 meses por un monto de $10.000, habiendo abonado un solo mes desde que comenzó la pandemia.
Respecto a la posibilidad de aplicarse un «Impuesto a los Inmuebles Ociosos», los propietarios la rechazan «porque consideran que es un derecho que tienen para disponer y especular con su propiedad privada, más allá del déficit habitacional que pueda existir. Por ejemplo, se puede comprar un inmueble fuera de la provincia para ser destinado al estudio de sus hijos, o atención médica en la ancianidad, o para vacaciones, etc.). Las inmobiliarias también lo rechazan aduciendo que experiencias anteriores ha terminado con la retracción de la oferta porque una nueva intervención del Estado generara confusión y fuga de los inversores en inmuebles. Por lo tanto, automáticamente caerá el empleo en la construcción y aumentaran los precios al no haber nuevas ofertas. Inclusive con la nueva ley de alquileres, al haber más intervención del Estado se desalentó la contratación en un 70% aproximadamente».

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