Condenaron a cuatro empresarios por la muerte de una joven en una fiesta clandestina en La Plata

Después de cinco audiencias y más de 70 testigos, el Tribunal Oral Criminal N° 3 de La Plata condenó a cuatro empresarios por el homicidio culposo de Yésica Emilia Uscamayta Curi, la joven que se ahogó en la madrugada de Año Nuevo de 2016 en una pileta durante una fiesta clandestina en una casa quinta de las afueras de la capital bonaerense.
Los empresarios condenados son Carlos Bellone, Raúl “Peque” García, Santiago Piedrabuena y Gastón Haramboure. Según informaron fuentes judiciales, el detalle y fundamentos de la sentencia se difundirán este 8 de septiembre. “El fallo es condenatorio por el delito de homicidio culposo para todos los imputados. La sentencia estará completa el día viernes”, informó el tribunal integrado por los jueces Ernesto Domenech, Santiago Paolini y Andrés Vitali.
Previo a la lectura del veredicto, los imputados tuvieron la oportunidad de ejercer su derecho a unas últimas palabras. Mientras que Bellone y Haramboure se negaron, García y Piedrabuena sí lo hicieron.
“Hace más de siete años y medio que uno tiene algo acá adentro, algo que hace mucho daño y lo quiero decir, quiero decir a la familia de Emilia que lo siento, lo siento en el corazón, acompaño ese sentimiento. Quiero que se esclarezca y que se haga justicia por su familia y por la mía”, expresó “Peque” García.
Por su parte, Piedrabuena sostuvo: “Acompaño desde lo más profundo del corazón la pérdida de un hijo, tengo hijos y no me lo puedo imaginar. No puedo pedir disculpas por algo que no hice, pero sí voy a acompañar ese inmenso dolor que tienen de haber perdido a su hija”.
La fiscalía y la familia de la víctima habían pedido por el delito de homicidio simple con dolo eventual la pena de 14 años de prisión para García, Piedrabuena y Haramboure; en tanto, para el dueño de la casa, Carlos Bellone, se solicitó una condena de entre 8 y 10 años de prisión debido a su falta de antecedentes penales.
En el caso de que para el tribunal se tratara de un caso culposo, la fiscal de juicio Silvia Langone había solicitado que se aplique una pena de 5 años para Haramboure, García y Piedrabuena y 3 para Bellone.
En cambio, para los abogados defensores de los empresarios el pedido había sido la absolución con el argumento de que la joven “estaba alcoholizada y que su hermano, Cristian, presente en la fiesta, debió cuidarla y retirarla del lugar”, lo que fue considerado luego por la querella como una “postura patriarcal”.
Tras la breve lectura del veredicto, el abogado de la familia de la víctima, Adrián Rodríguez Antinao, dijo: “Lo único de lo que tenemos certeza es que los cuatro imputados fueron encontrados culpables del delito de homicidio culposo. Por lo tanto, se puede inferir que la autoría está acreditada. El viernes recién vamos a poder conocer los fundamentos de por qué llegaron a esa decisión”, comentó.
El letrado también adelantó que el caso probablemente prosiga en el Tribunal de Casación porque, para ellos, “no se trató de un mero accidente, sino que es producto de un hecho de corrupción acompañado de un desmedido interés económico por parte de los imputados que demostraron indiferencia ante el deber de garantía genérico que era de cuidar a la gente”.
Para Antinao, si bien el veredicto es condenatorio, no responde a lo que pidió la familia de Emilia, ya que consideró que “no se trató de un accidente, un descuido, sino que esto fue mucho más allá de toda la labor desplegada para que, finalmente, se concrete todo ese evento”.
“Recordemos que fue una fiesta masiva y habían prometido ambulancia y seguridad y no hubo nada de eso. No fue un accidente, fue un hecho de corrupción empresarial”, subrayó.
En relación a que la condena fue para los cuatro imputados, el abogado argumentó que es una cuestión que tiene que ver con la autoría. “El Tribunal dijo: ‘Sabemos que son autores’. En lo que no coincidimos es en la calificación legal que le dieron que, llevado al llano, indica que se trató de un accidente. Hay que recordar que a Emilia le interrumpieron el RCP, todo para que la fiesta continuara. Eso es muy grave para que no se haya resuelto esa cuestión”, determinó.
El delito de homicidio culposo puede tener una pena de 3 a 5 años y, según el letrado, “habrá que ver cómo los jueces computan los antecedentes penales” de los acusados.
El veredicto se leyó en una sala colmada, luego de una movilización que realizó la familia, amigos y amigas de Emilia, autoridades de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP, y organizaciones sociales desde Plaza Moreno, en el centro platense, hasta los tribunales de 8 y 56 en los que se desarrolló el debate.
En la puerta de los tribunales, la madre de la joven y su hermano pidieron Justicia, y agradecieron el apoyo de quienes acompañaron “estos siete años de lucha”.
Por su lado, la ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires, Estela Díaz, señaló antes de la lectura que “fueron siete largos años” y dijo tener la “esperanza” de que iba a darse “un fallo con justicia para que Yésica Emilia pueda descansar en paz” y también “por el amor que han tenido en esta lucha por la transformación social del Estado”.
“Un Estado que no puede darle la espalda a los pibes y pibas cuando salen. De eso se trata seguir luchando para que haya justicia, y más Estado presente y para que construyamos una comunidad que cuide y abrigue a nuestros pibes y pibas”, dijo.

El caso

Yésica Emilia Uscamayta Curí tenía 28 años, estudiaba periodismo en la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y murió el 1 de enero de 2016, cuando asistía a una fiesta clandestina en una casa quinta ubicada en la calle 520, entre 159 y 160, en las afueras de ciudad de La Plata.
El evento había sido difundido en las redes sociales como “La Frontera, el límite lo ponés vos”.
Según los distintos testimonios, la joven murió ahogada en una piscina donde había muchas personas. Una de las asistentes a la fiesta intentó reanimarla, pero fue en vano. Más tarde constataron su fallecimiento en un hospital de la zona.

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