Cuáles son las diferencias entre voto en blanco, válido, nulo, impugnado y recurrido

¿Cuáles son los distintos tipos de voto? El tipo de voto más común es el que contiene la boleta oficial de cada candidato.

Voto en blanco

Se trata de los casos donde los sobres están vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Es un voto válido que representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las distintas propuestas.
«Es una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos», aclaró la Cámara Nacional Electoral.

Voto nulo

Son aquellos que fueron emitidos mediante una boleta no oficializada (de elecciones anteriores o de otros distritos) o que contenga defectos formales suficientes como para anularlos.
Serán considerados nulos cuando en el sobre junto con la boleta haya elementos extraños como monedas, estampitas, etc. También si el sobre tiene dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política.
Se anulará, de igual forma, si contiene una boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir.

Voto impugnado

Son aquellos emitidos por un elector cuya identidad pueda ser cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Por ejemplo, no figurar en el padrón podría ser una de las causas para que el voto sea impugnado.
Se coloca en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar.
El voto impugnado es de carácter transitorio. En el momento de realizarse el escrutinio definitivo en la Junta Electoral Nacional, se coteja la identidad, y si resulta probada el voto será computado y clasificado como válido, nulo o blanco.

Voto recurrido

Por último, un voto recurrido es un voto cuya validez pueda resultar cuestionada por algún fiscal presente en la mesa, luego de la votación. ¿Por qué puede pasar esto? Por ejemplo, si al abrir el sobre una parte de la boleta está rota, el fiscal de mesa puede enviar el caso a la Justicia para que la validez de ese voto sea resuelta por la Justicia Nacional Electoral.
Seguramente escuchaste la expresión «cortar boleta». ¿Qué significa? Que podés elegir a un candidato a presidente de un partido, pero a legisladores o gobernador de otro. Lo importante es no mezclar candidatos de una misma categoría para que el voto no sea anulado.

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