La Cámara Federal de Resistencia confirmó inconstitucional el programa de ingreso a la provincia

La Cámara Federal de Resistencia, rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía de Estado, y confirmó el fallo de primera instancia del Juez federal Subrogante Fernando Carbajal, por el cual se decreta la Inconstitucionalidad del Programa de Ingreso a la Provincia.
El Dr. Carbajal declaró la inconstitucionalidad del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado del Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19; fue por pedido de los Dres. Carlos Lee y Fabrizio Villaggi Nicora, declarando que «el «Ingreso Administrado y Ordenado a la Provincia de Formosa», viola directamente la constitución y es irracional» y ordenando a la Provincia que conceda el inmediato ingreso de los representados.
El mismo fue apelado por la Fiscal de Estado Estela Zabala, y ahora se conoció el fallo de la Cámara Federal que confirmó lo resuelto en la primera instancia por el juez Carbajal.
En este sentido, La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ordenó a la provincia que en el plazo de cinco días fijara una fecha cierta de ingreso, la que no podrá ser superior a los cinco días subsiguientes.
Para tomar su decisión, la Cámara basó el resolutorio en jurisprudencia y fallos de la propia Corte Suprema. «Coincidimos con el Juzgador en punto a que el sistema de ingresos a la provincia de Formosa, del modo en que se encuentra instrumentado, no satisface estándares constitucionales y debe ser reorganizado a los efectos señalados ya que la apuntada falta de capacidad suficiente en los alojamientos gestionados por el Ejecutivo Provincial, así como la reiteración de causas judiciales en el mismo sentido, nos convencen de la necesidad de confirmar lo resuelto por el sentenciante de origen, en cuanto declaró la inconstitucionalidad del régimen de ingreso vigente, ordenando a la Provincia de Formosa que en un plazo acotado proceda a readecuar los protocolos pertinentes, de manera tal que se posibilite el ingreso ordenado de la totalidad de los residentes formoseños que se encuentran actualmente –y desde hace varios meses– a la espera de poder hacerlo».
«Por último, huelga reiterar que esta Alzada también se ha pronunciado oportunamente en punto a que los turnos otorgados dentro de un plazo demasiado extenso, tampoco puede ser considerado razonable, ya que la espera prolongada acrecienta la situación de vulnerabilidad, amén de ser a todas luces irracional pretender que quienes carecen de medios para solventar su sustento diario, puedan tenerlos para sobrevivir varios meses más. Es así que entendemos que deben extremarse los recaudos a efectos de solucionar el grave conflicto social que la situación suscita, con la implementación de mecanismos idóneos que respeten los principios constitucionales que son la base del sistema democrático».
Ante lo expuesto resolvió no hacer lugar al recurso de apelación intentado por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa.

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