La UIF actualizó la normativa que rige el funcionamiento de Cooperativas y Mutuales

Se publicó en el Boletín Oficial la nueva Resolución UIF N° 99 /2023 que fija las obligaciones que los sujetos obligados de asociaciones mutuales y cooperativas deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) con un enfoque basado en riesgo.
El proceso de redacción de la flamante medida contó con la participación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en el marco de lo previsto en el artículo 14, inciso 10 de la Ley N° 25.246, realizándose además un intercambio con las federaciones y confederaciones que nuclean al sector.
El principal objetivo de la reforma es la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual, los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos, a fin de prevenir de manera más eficaz el LA/FT, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
A raíz de esto, se incorporan una serie de definiciones importantes relacionadas con prevención como autoevaluación de riesgos, efectividad del sistema preventivo, políticas, procedimientos y controles, alertas orientativas que sirven de guía para los SO, así como también el establecimiento de reportes sistemáticos de cumplimiento mensual y anual, entre otras.
En función de la segmentación propuesta por el INAES, la normativa establece para los SO que realizan únicamente el servicio de gestión de préstamos o que otorgan préstamos personales mediante fondos provenientes de recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes, la posibilidad de confeccionar el informe técnico de autoevaluación y su metodología, presentar la declaración de tolerancia al riesgo, el informe del revisor externo independiente y el reporte sistemático anual, cada dos años.
La Resolución UIF N° 99/2023 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 11/2012.
La UIF está llevando adelante un proceso de actualización del marco regulatorio establecido en sus Resoluciones, impulsando de este modo una mayor efectividad del Sistema Nacional de Prevención de LA/FT en concordancia con las recomendaciones del GAFI y con los resultados de la Primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos y la actualización de la Evaluación Nacional de Riesgos de Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de nuestro país, aprobadas de forma unánime en 2022.
En ese contexto, desde el 1 de abril entraron en vigencia la Resolución UIF N° 14/2023 que sumó nuevas pautas para la gestión de riesgos de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT) para entidades financieras y cambiarias. Y la Resolución UIF N° 35/2023 que renovó la regulación para Personas Expuestas Políticamente.
Además el 14 de abril, por medio de la Resolución UIF N° 61/2023 se ajustó el proceso de supervisiones en base a un Enfoque Basado en Riesgos (EBR). El 4 de mayo, la Resolución UIF N° 72/2023 unificó el deber de colaboración de los Organismos de Contralor Específicos (OCEs). Los cambios integraron en una única normativa el deber de cooperación de los OCEs para los procedimientos de supervisión, bajo un enfoque basado en riesgo, de los sujetos obligados bajo su fiscalización y facilita la coordinación entre organismos en tareas de supervisión y control.
Asimismo, la Resolución UIF N° 66/2023, vigente desde el 17 de mayo, optimizó los procesos de intercambio de información con unidades análogas extranjeras, mediante la estandarización de los requerimientos cursados a pedido de una autoridad judicial y mejoró la eficacia en los procesos de la información con la incorporación de un modelo de formulario.
A partir del 1 de julio, entraran en vigencia la Resolución UIF N° 84/2023, que actualiza los umbrales a partir de los cuales los sujetos obligados a informar deben llevar adelante medidas de debida diligencia de sus clientes y reportes sistemáticos de operaciones, tomando como parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM); y la Resolución UIF N° 78/2023 para mercado de capitales, donde se adecuaron los requisitos mínimos que debe cumplir el sector para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de LA/FT.
Cada uno de los cambios del marco normativo es clave para enfrentar la 4ta Ronda de Evaluación Mutua del GAFI hacia la Argentina, que se inicia durante el segundo semestre del 2023 y se extenderá hasta octubre de 2024.

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