El Congreso ordenó implementar los límites a las prisiones preventivas

La Comisión Bicameral de Monitoreo del Código Procesal Penal resolvió este martes implementar una serie de artículos que limitan las prisiones preventivas en causas por narcotráfico, corrupción y trata, entre otros delitos graves.

Según la Resolución 2/2019 de la Comisión, se deben «implementar los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del CODIGO PROCESAL PENAL FEDERAL, disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial».

De esta manera, la medida entrará en vigencia el próximo viernes en «todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional».

El artículo 210 del Código enumera nueve medidas de coerción previas a que se dicte una prisión preventiva; el 221 indica qué se debe considerar a la hora de definir el «peligro de fuga»; y el 222 trata el «peligro de entorpecimiento» en la investigación.

La Resolución lleva la firma de los legisladores Rodolfo Urtubey, Silvia Elías de Pérez y Marcelo Fuentes, entre otros.

El nuevo Código Procesal comenzó a regir en febrero pasado, luego de que el Congreso lo aprobara para agilizar las investigaciones de narcotráfico, corrupción y trata de personas, entre otros delitos.

La nueva normativa, que introduce modificaciones a la ley 27.063, sancionada en 2014, está orientada a modernizar los mecanismos de persecución penal de los delitos federales a través de la incorporación de herramientas para la investigación de ilícitos complejos.

Entre ellos, se encuentran el narcotráfico, los hechos de corrupción, la trata de personas y el crimen organizado.

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