Fallo de la justicia benefició a corredora inmobiliaria de la provincia y puso un límite a la invasión a la vida privada

En un fallo judicial en primera a cargo del doctor Darío Bitar que fue ratificado en segunda instancia, la justicia de la provincia de Formosa dispuso poner fin a una serie de publicaciones en las que se vulneraba la «intimidad de la corredora inmobiliaria propietaria de Edén Propiedades». La abogada Mariela Casadei habló con el Diario Formosa Expres al respecto y aseveró que la «medida autosatisfactiva contra un periodista local es ejemplar».
La letrada indicó que «esto comienza en el año 2023 con una publicación en una cuenta de Facebook propiedad de este periodista. Mi cliente se siente invadida en su privacidad y afectada en su labor como corredora inmobiliaria y decide iniciar acciones legales».
«Tras la primera notificación de la justicia, el periodista, decidió redoblar la apuesta y volvió a compartir la publicación en la que se hace mención a mi clienta», explicó.
«Fue un largo proceso, pero logramos que la justicia ponga un límite a la invasión de la vida privada», indicó Casadei.
Asimismo, resaltó la tarea del juez de primera instancia Darío Bitar que fue ratificada en segunda instancia y con una confirmación por parte de la Cámara Civil de Formosa, en la que se le «obliga» al periodista demandado a eliminar las publicaciones.
Por último la abogada revalorizó la labor de la justicia y aseguró que se trata de un avance en materia de derechos.

Sentencia

En autos caratulados: Vega, María del Carmen c/Ríos Evelio Marcelo, el juez Darío Bitar, en el mes de noviembre del año 2023, decidió hacer lugar la medida autosatisfactiva promovida para la empresaria ordenando al periodista a que elimine en un plazo de 48 horas toda expresión o contenido referido a la corredora inmobiliaria y de la inmobiliaria propiedad de ésta.
Asimismo, le pide al propietario de la cuenta de Facebook que evite en lo sucesivo, realizar publicaciones o expresiones referidas a la persona nombrada, que en modo alguno injurien, ofendan, difamen o menoscaben su buen nombre, honor imagen, intimidad y su integridad física y psíquica, ya sea en su condición de mujer o en sus actividades como corredora inmobiliaria.
Cabe indicar que, esta medida quedó firme el 11 de abril de este año cuando la Cámara de Apelaciones en los Civil y Comercial consideró que se hacía lugar a la misma.

Comentarios Facebook

Lo más leído