Legislatura aprobó ayer el Presupuesto provincial y modificaciones de varias leyes

En la última sesión de manera extraordinaria mixta del año la Legislatura aprobó ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio fiscal 2021 con un importe total de 127 mil millones de pesos y la modificación parcial del Decreto- Ley 696/78- Estatuto para el personal de la administración pública provincial, entre otras. Los mismos no fueron acompañados desde el bloque opositor.
Con respecto al Proyecto de ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
El Poder ejecutivo ha diseñado su presupuesto según la estimación de recursos a realizar durante el ejercicio, compuesto por los ingresos prevenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de leyes especiales, de transferencias no automáticas provenientes del Tesoro Nacional, y de los tributos de índole local.
En este sentido, el diputado provincial del PJ, Agustín Samaniego, informó que «en tiempo y forma fue presentado el presupuesto del poder legislativo para el ejercicio 2021 con un importe total de 1.397.476.592 pesos, en términos absolutos son aproximadamente 283 mil pesos más que el año pasado, existe solo un 25,43% de aumento»
«De todo el presupuesto general, el presupuesto legislativo tiene una incidencia de 1, 10 %, menor al del año pasado y esto viene disminuyendo con el correr de los años», destacó.
El diputado provincial de Juntos por el Cambio, Osvaldo Zárate dijo que «este presupuesto es un cheque en blanco que se le da al gobernador para modificar la partida».
«Los poderes públicos no se pueden delegar, pero acá en Formosa esto sucede», añadió.
Señaló que «el primer mandatario, permanentemente busca la excusa del gobierno anterior. Uno cuando lee el mensaje del Gobernador no escapa de la chicana de juntos por el cambio, lo que tiene que hacer es gobernar para todos los formoseños».
«Acá está claro que no van a desarrollar ninguna empresa, ninguna industria porque no les interesa, este proyecto nos muestra claramente que vamos a invertir solamente cerca del 10 % del presupuesto para los servicios económicos. Al gobierno de Insfrán no le interesa el desarrollo industrial, que el formoseño consigan trabajos en empresas privadas o industrias, por lo que nuestro bloque de Juntos por el Cambio se opone», sostuvo.
Por su parte, el diputado Adrián Malgarini de Juntos por el Cambio indicó que su voto es negativo porque «este es un presupuesto mentiroso porque es acompañado en una ley de emergencia que permita el poder ejecutivo modificar cada uno de los artículos y los montos fijados en este presupuesto».
Otro de los aspectos, que desató durante la sesión es que «el empleado público tiene el menor salario de todo el país, y esto impacta en la economía de todos los formoseños».
Por su parte, el diputado Provincial Adrián Malgarini, del bloque Juntos por el Cambio dijo que «no podemos acompañar el proyecto porque entendemos que el Estado no salva al Estado, al Estado los salva los privados y hay que incentivar en la producción a los privados que inviertan que desarrollen, que generen puestos de trabajos. Eso es gobernar con mirada para el futuro y es lo que nosotros pretendemos».
Seguidamente, el diputado provincial del PJ, Rodrigo Vera, quien votó a favor, explicó que «la ley de presupuesto es apoyar un modelo político, un proceso de transformación de la provincia de Formosa que el Gobernador ha demostrado con hechos que ha cambiado la vida de todos los comprovincianos y es un proyecto planificado, serio, responsables, económicamente sustentable, financieramente responsables, por lo tanto lo mínimo que podemos hacer desde este Poder legislativo es apoyar ese proyecto de transformación».
Ente los proyectos de ley
que se trataron se encuentran:
La ley que tienen por finalidad la prórroga de la ley N° 1686, normativas reglamentarias y aclaratorias dictadas en su consecuencia, manteniéndose el Estado de Emergencia Pública hasta el 31 de diciembre. 117
Además trataron La modificación parcial de la Ley impositiva N °1590 y sus modificatorias, la cual se enmarca en el título III «Tasa retributiva de Servicios»: “La reforma tiene por objetivos receptar, mediante la presente propuestas, los nuevos servicios que presta la Administración Pública Provincial a través de diferentes reparticiones, así como las modificaciones normativas que se produjeron con posterioridad a la sanción de la Ley N° 1.590 y la eliminación de servicios que han quedado en desuso o bien han sustituidos por nuevas tecnologías y procedimientos».
Elevaron el proyecto de ley mediante el cual se promueve la adhesión de la provincia al «Régimen de Promoción de la Economía del Concomimiento» CREADO POR LA Ley nacional N° 27.506, modificada por su similar N° 27.570: «La mencionada ley tiene como finalidad la promoción de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyada en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestaciones de servicios y/o mejoras de procesos, con los alcances y limitaciones establecidas en dicha ley y en sus normas reglamentarias».
Otro fue, la ley que tienen por finalidad la modificación parcial del código fiscal de la provincia de Formosa, Ley N° 1589 y sus modificatorias, la cual se enmarca esencialmente en el título VII «Infracciones y sanciones» capítulo I » De las infracciones Formales», sección LL «Clausura- interdicción, decomiso y secuestro de mercaderías»: “Las modificaciones que se proponen responden a la necesidad de atender situaciones que se presenta en relación a la aplicación de las sanciones de multa, clausura y decomiso reglamentadas en el mentado Título de la normativa fiscal».
El proyecto de ley que tienen por finalidad la modificación de los artículos 12 y 33 del decreto- ley N° 696/78- Estatuto para el personal de la Administración Pública Provincial y sus modificaciones: «La implementación de una metodología de adecuación progresiva de los extremos legales de edad y años de servicios requeridos para acceder a los beneficios jubilatorios, como así también la forma de determinar el haber inicial. La armonización de nuestra legislación a la Ley Nacional N° 24.241 se plasmó a través del dictado de la Ley N°1638, en el marco de los acuerdos para hacer operativo la obligación de la ANSES de hacerse cargo de los desfasajes financieros que presenta la provincia que no transfirieron sus cajas previsionales a la órbita de la Nación”.

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