Procesaron a un suboficial del Ejército por abuso sexual contra una voluntaria

El Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo de Hernán Viri, ordenó el procesamiento de un suboficial principal del Ejército como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante que tuvo como víctima a una soldado voluntaria del Regimiento de Caballería N°12 “Dragones Coronel Zelaya”.

El juez dispuso el embargo sobre los bienes del procesado hasta cubrir la suma de 30 mil pesos y ordenó la prórroga de medidas preventivas -requeridas por el MPF- por el término de 90 días. El magistrado notificó estas medidas al Regimiento de Caballería y a la Jefatura Departamental local de la Policía de Entre Ríos.

Estas implican la prohibición de acercamiento a los lugares de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento o lugares de habitual concurrencia de la víctima en un radio inferior a los 100 metros de donde se encuentre; la prohibición de realizar actos molestos que de cualquier forma perturben psicológica, moral o anímicamente a la denunciante y la prohibición de tenencia de armas de fuego y/o de cualquier otro tipo por parte del procesado.

En su resolución, el juez Viri consideró que el imputado abusó sexualmente de la soldado voluntaria “mediando una relación intimidatoria fundada en la relación de poder existente por sobre la víctima con basamento en la jerarquía militar y funciones asignadas a cada uno de ellos”.

“Existía entre ellos una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, la que resultó corroborada no sólo por la verificación del cargo que cada uno detentaba en la estructura orgánica de la repartición del Ejército Argentino en la que desempeñaban sus funciones, sino que puede verse reflejada en los dichos de la víctima y en los del propio imputado en la declaración indagatoria”, agregó.

En tal sentido, aseguró que el imputado tuvo conocimiento de la realización de un acto de carácter sexual sin consentimiento de la joven, ya que el hombre continuó con los tocamientos pese a la negativa y la oposición férrea y expresa de la víctima. “Esto demuestra a las claras el desprecio del imputado hacia la voluntad y libertad de la víctima”, aseveró.

En su resolución, además, consideró que las acciones emprendidas por el imputado, fueron las más gravosas y ostentosas, pero “no fueron las únicas”, ya que habría tenido antes actitudes y comentarios de contenido sexual hacia la víctima y, a su vez, se habría mostrado molesto al verla hablar con otros hombres.

“En resumen, aparece claro y se encuentra debidamente acreditado, que el imputado tenía el pleno dominio sobre los hechos, toda vez que las probanzas arrimadas al sumario, acerca de la materialidad fáctica, objetiva e histórica de los sucesos objeto de juzgamiento en la presente causa, han permitido demostrar la autoría del imputado en los hechos», concluyó.

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