Los bancos son «civilmente responsables» frente a usuarios víctimas de estafas virtuales

Desde la Defensoría del Pueblo de Formosa advirtieron que los bancos son «civilmente responsables» frente a usuarios víctimas de estafas virtuales por lo que deben responder por los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales causados.
En ese sentido el defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca afirmó que es “necesario que las entidades bancarias intensifiquen los recaudos para una efectiva protección de sus plataformas informáticas y mayores acciones de concientización ante ataques de ciberdelincuentes en búsqueda de los datos y claves personales de sus clientes”..
Explicó que “la obligación de seguridad ha sido expresamente receptada por el artículo 5° de la ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, que establece que las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios y en el artículo 6° del mismo cuerpo legal, el que regula la obligación de seguridad en el caso de cosas y servicios riesgosos”.
En ese marco, el funcionario afirmó que “en los últimos meses los denominados ciberdelitos vienen cambiando vertiginosamente sus formas de engaño a los usuarios bancarios y se hacen de datos personales, claves y otros elementos, mediante un modus operandi donde los bancos hasta la fecha no pueden dar respuestas y protección a sus clientes. Además de la multiplicidad de modalidades como la de “tenés un crédito preaprobado”, “fuiste seleccionado para cobrar determinado beneficio”, “pagos a través del sistema DEBIN (débito inmediato)”, se suman nuevas estafas en las cuales los usuarios desconocen cómo se hicieron de sus claves para transferir importantes sumas de dinero a otras cuentas bancarias o billeteras virtuales, ya sea dentro del país o hacia el exterior”.
En estos últimos casos “hablamos de los usuarios que no habilitaron ni realizaron operaciones que permitan hacer surgir su responsabilidad y por ello hasta la propia Unidad Fiscal especializada en ciberdelincuencia (UFECI) a cargo de Horacio Azzolin, informó que, las ciberestafas crecieron un 3.000% a partir de la pandemia”.
En ese sentido se detalló que el BCRA ha emitido una serie de recomendaciones a los usuarios relativas a precauciones que deben tomarse para proteger los datos bancarios y confidenciales, deste modo encargan no brindar datos confidenciales: usuarios, claves, contraseñas, pin, clave de seguridad social, clave token, DNI original o fotocopia, entre otros, ya sea mediante teléfonos, correos electrónicos, redes sociales o mensajes de texto”.
Además, se recomendó no ingresar esa clase de datos a sitios a los que se accedió a través de links que se recibe a través de correos electrónicos, whatsapp o mensajes de texto. Por ello los bancos deben verificar fehacientemente la identidad de las personas que solicitan la acreditación de créditos preaprobados a través de los canales electrónicos por orden del BCRA y además tienen que hacer un monitoreo y control de los puntos de contactos indicado por el usuario y comprobar que no hayan sido modificados recientemente.
Gialluca señaló que, pese a todo esto, “las estafas virtuales bancarias continúan produciéndose y los usuarios demandan mayores medidas de seguridad para que se les garantice que las plataformas informáticas de las entidades financieras sean realmente seguras. Por ello es que, hemos comenzado a discutir las limitaciones de las responsabilidades de los bancos, ya que la Ley Nº 24.240 en su art. 4 establece que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada, todo lo relacionado con las características esenciales y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte física con claridad necesaria que permita su comprensión”.
En base a este régimen tuitivo y disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, los usuarios bancarios afectados por este tipo de delitos, están reclamando a los bancos por daños, que en principio no fueron causados por ellos, sino por terceras personas, pero ante las fallas de los sistemas de seguridad o plataformas informáticas ofrecidas por las entidades financieras y la falta de información suficiente sobre los servicios prestados, se viene estableciendo, “que frente a transferencias originadas sin responsabilidad de los usuarios y/o clientes, surgen los compromisos de las entidades bancarias, por lo que, deben otorgar una respuesta satisfactoria a los primeros”.

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