Un nuevo avasallamiento contra la UNaF

El pasado 8 de julio la Junta Electoral Permanente (JEP)de la UNaF sacó una nueva resolución, la 64/21, por la cual dejó sin efecto el Reglamento Electoral vigente.

La situación es clara: la Ley de Educación Superior (LES)24.521/1995 establece que sólo pueden votar los docentes concursados (art. 55), pero también exige que cada universidad cuente como mínimo con un piso de un 70% del personal docente que esté concursado (art. 51). A las universidades nuevas, la LES les concede un plazo de 10 años para que puedan ponerse al día y permite el voto también a los docentes interinos que cuenten con una antigüedad de dos años de ejercicio de forma continua (art. 78). 

La UNaF elaboró entonces un reglamento electoral tomando en cuenta dicha precisión, autorizando el voto al personal docente interino con una antigüedad de dos años(Resolución del HCS 36/2000). Es el reglamento vigente hasta el día de hoy y que la nueva Junta Electoral Permante quiere borrar de un plumazo.

Los 10 años de plazo dados por la LES se cumplieron en el 2005 y nuestra casa de estudios no llegó al piso solicitado por lo que se continuó utilizando el mismo reglamento electoral. Todas las autoridades vigentes, incluidos quienes integran la JEP, fueron elegidos con el actual Reglamento Electoral.

Podemos discutir si hace falta cambiar el Reglamento Electoral, pero previamente deberíamos adecuar la UNaF a los estándares necesarios que por diversas razones en las últimas administraciones no se pudo hacer, o sea, desde que la UNaF existe.

Lo que no podemos es dejar a un 75% del personal docente fuera de la elección de la noche a la mañana. Estaríamos así ante un flagrante atropello al derecho de elegir a sus representantes, principio básico de la democracia y de la dinámica de la universidad como institución.  

Por otro lado, la JEP tiene la misión dada por el art. 85 del Estatuto de hacer cumplir dicho estatuto y el Reglamento Electoral, así como de fiscalizar las elecciones, pero no de decidir sobre las mismas normas. El Reglamento Electoral sólo puede ser cambiado por el Consejo Superior y algo tan importante como quiénes votan, sería mejor que lo haga la Asamblea Universitaria. 

Lo que sí es claro es que, a menos de dos meses de la elección, en plena confección de los padrones electorales, se pretende cambiar la forma de votar, reduciendo drásticamente el número de votantes (a un mero 25%). 

Ya se convocó a elecciones con las normas vigentes (el 14 de junio de 2021), por lo que resulta inadmisible que una resolución de la JEP, ni del Consejo Superior pueda ser retroactiva, y que se aplique a las elecciones ya convocadas (como si un árbitro de fútbol cambiase las reglas a mitad de partido, porque es él quien aplica las normas).

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