Por orden judicial, los Empleados del HCD de Gran Guardia van a cobrar sus haberes

A través de un fallo emitido ayer el Superior Tribunal de Justicia dispuso el pago inmediato de los haberes adeudados a los empleados del Concejo Deliberante de la Comisión de Fomento de Gran Guardia.

El fallo

La resolución ordena al tesorero o responsable de la Contaduría de la Comisión de Fomento de Gran Guardia a que proceda en forma inmediata al pago de los haberes del personal, tanto de planta permanente como transitoria, del Concejo Deliberante de esa localidad.
En medio de un conflicto de naturaleza política que desde el 3 de marzo tiene bloqueada la cuenta de ese Cuerpo Deliberativo, impidiendo a los trabajadores cobrar sus haberes, el máximo tribunal de la provincia se pronunció de manera tajante, haciendo lugar a una medida solicitada por Sergio Omar De Madariaga, invocando su carácter de presidente de la Comisión de Fomento de Gran Guardia y titular del Comando de Emergencia Sanitaria de la misma localidad.
El fallo del STJ ordena el pago de los sueldos que se adeuden como en los meses subsiguientes, hasta tanto se regularice el funcionamiento del mismo, librando las órdenes de pago correspondientes sobre las cuentas de dicho Concejo Deliberante.
Una vez firmado el fallo por el presidente del STJ, Marcos Bruno Quinteros y los ministros de feria, Sergio Rolando López y Laura Viviana Taboada, por Secretaría se libró oficio al Banco de Formosa para que habilite la cuenta actualmente bloqueada a fin de dar cumplimiento a lo ordenado, remitiéndose a la entidad crediticia una copia de la decisión tomada por la Corte Provincial.
El fallo, que lleva el número 12.048/20, hace lugar a la medida autosatisfactiva requerida por De Madariaga con el objeto de lograr que los trabajadores del Concejo Deliberante de Gran Guardia logren acceder a sus ingresos de modo regular y completo, para poder así proveerse de lo necesario para su subsistencia y de sus familias en el presente contexto de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, advirtiendo que de no actuarse de forma inmediata, cualquier resolución posterior volvería ilusorio los derechos de los afectados.

Indolencia de autoridades

Dice la Corte Provincial que esta circunstancia guarda relación con el objeto de la medida solicitada por De Madariaga, ya que no pueden los trabajadores soportar la indolencia de sus autoridades, más aún en el presente contexto de emergencia sanitaria.
Sobre la base de este sólido argumento, el STJ hizo lugar a lo peticionado, ordenando al tesorero y/o al responsable de la Contaduría de la Comisión de Fomento de Gran Guardia a que procedan de inmediato, al pago de los sueldos del personal (planta permanente y planta transitoria) del referido Cuerpo Deliberativo.
El mismo fallo dispone que la instrumentación de lo resuelto deberá hacerse bajo el estricto marco de respeto a las normas y reglamentaciones sanitarias dictadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19 a los efectos de resguardar la salud de la población.
Asimismo y debido a que se encuentran en crisis créditos alimentarios, la resolución establece que la notificación de la decisión deberá con habilitación de día y hora y por los modos electrónicos que correspondan.

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